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CONSULTORIO OVINO S. L. Desde 1.976 al servicio del desarrollo de la explotación
ovina.
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La Comisión Europea
Dirección General de agricultura y desarrollo de los distritos rurales.
Departamento D- Subvenciones directas, reglamentos de mercado, ayuda a la comercialización.
D.1. Subvenciones directas.Brucelas, el
D.1/JMN/mh D (2009) 1248
Asunto: Subvenciones de la UE discriminativas para el sector ovino.Ref.: Su correo del 5 de Enero 2009
Estimado Edmundo Royo Castañer.
La Comisaría de agricultura Mariann Fischer Boel me ha pedido que conteste en su nombre su correo electrónico fechado el 5 de Enero 2009 sobre la reducción del sector ovino en España. Tengo los siguientes comentarios con respecto a las preguntas que Ud. plantea en su correo.
Primero no estoy nada de acuerdo con Ud. en que la subvención discrimina y sea el culpable de la recesión del ovino en España. Como, sin duda sabrá, hay varios factores que influyen sobre el sector ovino y en consecuencia sobre la disminución de la producción ovina, que España ha experimentado. Son factores, que la subvención directa de la CEE no ha podido enderezar, como por ejemplo la temporal e insuficiente oferta de carne de oveja con las consecuencias correlativas para el comercio internacional, la cuestión de la productividad del sector ovino europeo y la reducción del consumo de carne de oveja que ha experimentado la UE últimamente.
Segundo me gustaría subrayar, que las subvenciones europeas, que Ud. nombra, se han adaptado cuidadosamente a los muy distintos sistemas de producción de cada especie animal. La diferencia entre las subvenciones a las vacas nodrizas y las subvenciones a las ovejas refleja consecuentemente los muy distintos costes de sus sistemas productivos, entre ellos especialmente los costes alimenticios. Le quiero recordar, que no se pueden considerar a las vacas nodrizas y las ovejas competidores, cuando se trata de la utilización de los pastos, por que no necesitan necesariamente la misma calidad de hierba y porque no se aplica las mismas reglas sobre la densidad de carga ganadera máxima por hectárea. Los dos tipos de explotación no pueden por lo tanto considerarse competidores.
Además se debe informar, que las decisiones, tomadas dentro de los marcos del reciente acuerdo político, que se han acordado sobre el “cheque médico” de la política agraria común, esta teniendo en cuenta la difícil situación del sector ovino de la Unión Europea.